jueves, 30 de septiembre de 2010

EL SALVADOR Recurso de inconstitucionalidad para despenalizar aborto terapéutico CONTRAPUNTO

MIÉRCOLES, 29 SEPTIEMBRE 2010  


La propuesta pretende la adecuación de la legislación salvadoreña a la de la mayoría de países del entorno, con el reconocimiento de ciertas excepciones para la interrupción del embarazo.

Por Fernando de Dios

SAN SALVADOR – En el marco del Día Latinoamericano de la Despenalización del Aborto, celebrado el 28 de septiembre, la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico (ACDAT) presentó un recurso de inconstitucionalidad en la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en el que cuestiona la validez de acuerdo a la Carta Magna del artículo del Código Penal que castiga toda interrupción del embarazo.


La propuesta pide que se revise esa legislación para aplicar algunas excepciones, tal como está vigente en la mayoría de las legislaciones latinoamericanas y como han recomendado al Estado salvadoreño distintos organismos internacionales de derechos humanos.


El Salvador es uno de los cuatro países latinoamericanos que mantiene en su legislación la prohibición total del aborto. Está en esa lista desde que en 1997 se eliminara del Código Penal el artículo que establecía tres formas de aborto no punible: el terapéutico, el ético y el eugenésico, y se acuñó el artículo 133, mismo que hoy tiene vigencia y penaliza cualquier tipo de interrupción del embarazo.


Después, en febrero de 1999, la Asamblea Legislativa ratificó por mayoría cualificada una reforma de la Constitución de la República, incorporando a su Artículo 1 la acotación que se considera persona a todo ser humano “desde el momento de la concepción”, es decir, desde que un espermatozoide toma contacto con un óvulo dentro del cuerpo de una mujer.


Con este remiendo a la Carta Magna, se blindaba la legislación nacional contra cualquier pretensión de volver atrás y despenalizar aquellas excepciones.


No obstante, ACDAT y otras organizaciones que secundan la iniciativa aducen que, amparado en ese artículo 133 del Código Penal, el sistema judicial está penalizando de forma desproporcionada a mujeres por el mero hecho de serlo.


En concreto, explica el abogado miembro de ACDAT, Víctor Hugo Mata, “el motivo (de la presentación del recurso en la CSJ) es la desproporcionalidad en la restricción de los derechos de la mujer que supone ese artículo del Código Penal, el 133, y la violación al principio de igualdad que establece el artículo 3 de la Constitución”.


Entre otras cuestiones, explica Mata, la argumentación del recurso invoca una jurisprudencia del Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, que en su informe de 2003 sobre el cumplimiento del pacto internacional de derechos civiles y políticos en El Salvador recomendó claramente revisar la legislación sobre prohibición absoluta del aborto porque pone en peligro la vida de la mujer.


Del aborto al homicidio agravado


El Artículo 133 del Código Penal establece una pena de 8 años de cárcel para una mujer que haya cometido el delito de “aborto consentido y propio”.

Sin embargo, expone la miembra de ACDAT y de la Colectiva Feminista para el Desarrollo Local, Morena Herrera, el ministerio fiscal suele añadir a esa acusación la de homicidio agravado, “es decir, de atentar contra la vida de su hijo”, con lo que se aumenta la pena hasta los 30 años de privación de libertad.


La organización documentó el caso de una mujer fue condenada a esa abultada pena tras haber tenido un aborto involuntario. Cuando profundizaron en las pruebas presentadas por el Instituto de Medicina Legal (IML) y admitidas por el juez en su momento, dice Herrera, comprobaron que éstas no se sustentaban.


La mujer había pasado en prisión siete años y medio. Salió libre. Su caso fue incorporado a un trabajo periodístico de una revista del New York Times cuyo responsable perdió su empleo. Se titulaba “Bienvenidos a El Salvador, el Estado Anti Aborto”.


En otro caso, una mujer estaba condenada a 30 años y se comprobó que en el informe forense ni siquiera estaba confirmada la causa de la muerte de la criatura. A la mujer, que llevaba presa cuatro años, le conmutaron su pena a otra de tres años.


En un tercer caso, cuenta Morena Herrera, la familia de una joven de 18 años les buscó y la organización acompañó el proceso logrando la libertad para la joven, a la que la fiscalía ya había acusado por aborto y por homicidio agravado.


Para Herrera, hay un “problema de acceso a la justicia”. Estas mujeres, en muchos casos no encuentran los recursos o la ayuda para tener una defensa legal efectiva. Y en cuanto la consiguen, sus procesos cambian de rumbo.


A día de hoy, dice la feminista, están acompañando el caso de una mujer que está dentro del proceso judicial y revisando otro de una mujer condenada a ocho años y otros cuatro casos de mujeres condenadas a 30 años por homicidio agravado.


No es un recurso para legalizar el aborto


Según explica Víctor Hugo Mata, la presentación del recurso no busca la legalizar el aborto libre, ni nada que se le parezca.


“Nadie quiere el aborto”, dice Morena Herrera, que sin embargo defiende que es necesario que se regulen ciertas excepciones.


“Como el caso que tuvimos en Suchitoto, de una niña de 15 años con un embarazo anencefálico, que le obligaron a llevarlo hasta el octavo mes que la criatura murió. Una muchachita de 15 años embarazada tuvo que aguantar ocho meses ese embarazo a pesar de que desde el segundo mes ya se sabía que era un embarazo anencefálico, ya se sabía que no iba a vivir la criatura”, ejemplifica Herrera.


Por tanto, el recurso tiene como objetivo, según explica Mata, que la legislación vigente se suavice y adapte a la realidad.


“Lo que estamos combatiendo es la forma desproporcionada con que el legislador, es decir la Asamblea, ha actuado en este caso. Todos tenemos derechos y a todos se nos pueden restringir, pero esa restricción tiene que ser proporcionada y razonada”, expone el abogado.


Mata explica que la Sala de lo Constitucional de la CSJ deberá ahora decidir si admite el recurso y después considerarlo, pero que la composición de la misma les da algunas esperanzas porque, dice, al menos tres de sus miembros “son gente formada en derechos humanos”.


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